Coparticipación
 Coparticipación: la Corte se declaró competente para analizar impuestos porteños. Fueron creados por Horacio Rodríguez Larreta por la quita de fondos. La Corte Suprema corrió el traslado de la demanda por el plazo de sesenta días. La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró su competencia originaria en dos causas en las que se discute el régimen normativo establecido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el impuesto sobre los ingresos brutos. Los dos tributos fueron declarados por Horacio Rodríguez Larreta tras la quita de fondos de coparticipación que Mauricio Macri le había otorgado durante su gestión.
Coparticipación: la Corte se declaró competente para analizar impuestos porteños. Fueron creados por Horacio Rodríguez Larreta por la quita de fondos. La Corte Suprema corrió el traslado de la demanda por el plazo de sesenta días. La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró su competencia originaria en dos causas en las que se discute el régimen normativo establecido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el impuesto sobre los ingresos brutos. Los dos tributos fueron declarados por Horacio Rodríguez Larreta tras la quita de fondos de coparticipación que Mauricio Macri le había otorgado durante su gestión.
Los impuestos en cuestión, establecidos en el Presupuesto 2021, residen 
en los gastos con tarjetas de crédito y un incremento al 8% de la 
alícuota sobre Ingresos Brutos para entidades financieras. Nación y 
Ciudad de Buenos Aires mantuvieron seis reuniones sin éxito y un grupo 
de 17 gobernadores expresó su preocupación de que la injerencia de la 
Corte Suprema no cumpla con las pautas del federalismo.
Aumentó fuerte la coparticipación: cuáles fueron las más beneficiadas
En
 una de estas causas, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) 
planteó la inconstitucionalidad de la Ley Tarifaria 2021, la 
modificación al Código Fiscal y la Ley de Presupuesto 2021 mediante las 
cuales el gobierno porteño eliminó la exención del impuesto sobre los 
ingresos brutos o grava con ese impuesto determinadas actividades 
-operaciones de pases, reguladas por el BCRA, cuando los activos 
subyacentes o colaterales sean los autorizados por dicha entidad, y las 
operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y
 demás instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el BCRA-.
El
 BCRA alegó que las normas tributarias locales en cuestión afectan de 
forma directa y grave las finalidades y funciones que le han sido 
atribuidas a la entidad y alteran significativamente la ejecución de la 
política monetaria y financiera a nivel nacional. Al respecto, dijo que 
los títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás 
instrumentos emitidos por el BCRA son herramientas de la política 
monetaria destinadas a lograr la estabilidad financiera y cambiaria y se
 ven distorsionadas al ser gravadas por el impuesto sobre los ingresos 
brutos.












